Tipos de visado en España: todo lo que debes saber
Si quieres acceder a un país como España, ya sea de manera transitoria o con una duración determinada, el gobierno debe conceder un permiso. Por ello, es muy importante que conozcas los tipos de visado en España para que puedas solicitar aquel que más se adapte a tus necesidades y requisitos ya que, de lo contrario, puedes tener problemas burocráticos en el país.
¿Qué visado necesito para ir a España?
Cuando nos disponemos a solicitar el tipo de visado en España idóneo, debemos tener en cuenta dos aspectos; el objetivo de la estancia y el tiempo.
En cuanto al objetivo de la estancia, será uno de los motivos que más deberás conocer pues, aunque existan diferentes tipos de duración, cada uno de ellos cuenta con subtipos según los objetivos con lo que el solicitante quiere adquirir su visado en España.
En cuanto al tiempo, se trata del principal motivo clasificatorio de estos, ya que en gran medida, se deberá de solicitar el tipo A,B,C o D en cuestión al tiempo que el solicitante vaya a estar en el país. Además, este será el requisito para conseguir el objetivo final de mucho, conseguir un visado indefinido.
Qué visados existen y cuáles son sus requisitos
Conocer en qué consiste cada tipo de visado y sobre todo, cuáles son los requisitos de estos es clave para poder escoger el visado correcto.
Tipo A: visado de tránsito
Tal y como su nombre indica, se trata de un visado destinado meramente a pasajeros que transitan el país por motivo de ruta, pero no es su pretensión realizar ninguna otra actividad en el país, ni permanecer más tiempo del necesario.
Por ejemplo, para los pasajeros de tránsito aeroportuario, tan solo podrán moverse por el espacio aeroportuario en el país donde hacen escala. También podemos encontrar visado para tránsito naviero o territorial.
Tipo B: visados transitorios cada vez menos comunes.
Este tipo de visado es cada vez menos común puesto que lo ha ido sustituyendo el visado tipo C. En este caso, la diferencia es que se permite el tránsito en el espacio Schengen con una duración máxima de 5 días.
Tipo C: visado de corta estancia
A diferencia del anterior, se trata de un visado que permite el tránsito por el espacio Schengen con una duración máxima de 90 días en 6 meses. Debemos diferenciar 3 subtipos dentro del visado tipo C:
- Visado C con entrada única: en este caso el solicitante sólo tiene permiso para acceder al país una sola vez, independientemente de que en esta visita no consuma los 90 días permitidos por el visado tipo C.
- Visado C con entrada doble: podrá realizar dos visitas al año, siempre respetando el número de días permitidos.
- Visado C con entrada múltiple: la persona titular del visado podrá realizar múltiples entradas y salidas del país, de nuevo respetando el cómputo de días permitidos por el visado.
Tipo D: visado de larga duración
Este es el visado que permite una mayor estancia en el país, pero también depende en gran medida del objetivo con el que la persona realiza la solicitud del visado.
- Visado D para residencia no lucrativa: se trata de un visado que se concede a personas que no van a trabajar en España, sino que tan solo quieren vivir.
Importante: el solicitante debe tener seguro médico privado y un mínimo de 27.000€ en la cuenta bancaria.
El visado es de 1 año con prórroga a dos si se mantienen las condiciones anteriormente dichas.
- Visado D por trabajo: a diferencia del anterior, este solicitante necesita el visado en gran parte para poder trabajar. Dentro de este objetivo, podemos encontrar trabajo por cuenta propia o cuenta ajena.
- Visado D por reagrupación familiar: muchos extranjeros acceden a España en una primera estancia para una vez que tengan un plan de vida, puedan reunirse con su familia. En este caso diferenciaremos dos tipos de visado por reagrupación familiar:
- No pertenece a la UE: este deberá llevar aquí al menos un año y sus familiares comenzarán con visados de larga duración.
- Pertenece a la UE: en el caso de que sean pertenecientes a la UE, los familiares accederán con una tarjeta de residencia de 5 años.
En ambos casos, los familiares de reagrupación deben ser dependientes del ya residente, es decir, cónyuge, hijos menores de edad o mayores de 65 años.
- Visado D para inversores: este visado está ganando importancia en los últimos años por el aumento de inversión en el país. Este visado es el llamado Golden Visa para Inversores.
El objetivo de este visado es claro, invertir en el país, ya sea en inmuebles, acciones o bonos con un capital mínimo de 500.000€.
- Visado De larga duración: este se trata del visado de mayor duración ya que permite una estancia indefinida en el país, adquirida al encontrarse registrado legalmente durante más de 5 años.
Si quieres solicitar tu visado de forma rápida, segura y sin ninguna preocupación, no dudes en contactar con nosotros y estaremos encantados de comenzar el camino a tu estancia en España.